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M. en C. Tanya Müller García, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 15 fracción IV, 16 fracciones I, II y IV, 26 fracciones I, III y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 fracciones II y V, 2 fracciones II y IX, 3 fracción IV, 6 fracción II, 9 fracciones IV, VII y XXVII y XLII, 21, 22 fracción I , 36 fracciones I y IV , 40 fracción VI, 41, 170, 171 y 175 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 6 fracción II, 8 fracción VIII, 22 fracción III de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal; 1, 2, 3, 4 fracción II, 6 fracciones I, II, III, VI, VIII, XI y XIV, 11, 18, 33 Bis 1, 34 y 35 de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal; 7° fracción IV, numeral 2, y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 9, 10 fracciones II y VI, 77 y 78 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal; he tenido a bien emitir la siguiente:
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